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Los nuevos lineamientos del CPPCR sobre inteligencia artificial: guía práctica para tu consulta

Patricio Espinoza

Patricio Espinoza

25 de julio de 2026

Lineamientos CPPCR sobre IA: guía práctica para psicólogos

Los nuevos lineamientos del CPPCR sobre inteligencia artificial: guía práctica para tu consulta

En 2026 el Colegio de Profesionales en Psicología de Costa Rica (CPPCR) publicó dos lineamientos que cambian las reglas del juego: uno sobre el manejo ético de herramientas de inteligencia artificial y otro sobre manejo y custodia de expedientes.

En resumen: la IA está permitida como apoyo al criterio profesional, pero queda prohibido usarla para diagnosticar, emitir informes o procesar datos que identifiquen a tus pacientes, y el consentimiento informado debe mencionarlo expresamente.

Aquí te explicamos, artículo por artículo y en lenguaje llano, qué significan para tu práctica diaria, con un checklist para que revises tu consulta esta misma semana.

¿Qué publicó exactamente el Colegio y cuándo?

La Fiscalía del CPPCR elaboró, y la Junta Directiva aprobó, dos documentos oficiales:

  • Lineamientos para el manejo y custodia de expedientes (acuerdo JD. CPPCR-242-2026, marzo de 2026): regula el expediente psicológico físico y digital, contenido mínimo, consentimiento informado, plazo de conservación de 10 años, secreto profesional, telepsicología y seguridad informática.
  • Lineamientos para el manejo ético de herramientas de inteligencia artificial (acuerdo JD. CPPCR-418-2026, mayo de 2026): 15 artículos que regulan cómo puede, y cómo no puede usarse la IA en el ejercicio profesional de la psicología.

Ambos se fundamentan en la Ley N.° 8968 de Protección de Datos, el Código de Ética y Deontológico del CPPCR, y referencias internacionales como los lineamientos de la APA (2023), el Reglamento de IA de la Unión Europea y la guía de la OMS. Los documentos oficiales están disponibles en psicologiacr.com.

¿Puedo usar ChatGPT u otra IA con mis pacientes?

Sí, como herramienta de apoyo, nunca como sustituto de tu criterio (Artículo 1). Pero las condiciones son estrictas, y aquí es donde la mayoría de las prácticas actuales quedan en falta:

  • Prohibido ingresar datos que identifiquen a la persona usuaria, directa o indirectamente (Art. 4). No es solo el nombre: cualquier combinación de datos que permita reconocerla.
  • La información debe estar completamente anonimizada antes de tocar cualquier sistema de IA (Art. 5).
  • Prohibido ingresar información derivada de las personas que atiendes (Art. 10), las notas de sesión pegadas en un chatbot genérico violan este artículo.
  • Tus cuentas de IA deben ser de uso exclusivo (Art. 10): nadie más puede tener acceso a un perfil donde se procese material de tu práctica.
  • La herramienta debe tener altos estándares de ciberseguridad (Art. 3).

Traducción práctica: pegar el caso de un paciente en una IA genérica, con tu cuenta compartida y sin anonimizar, incumple varios artículos a la vez.

¿Qué prohíben expresamente los lineamientos?

Tres prohibiciones estructurales que conviene memorizar:

Diagnósticos e informes por IA (Art. 8): la IA no puede emitir impresiones diagnósticas ni informes, esos requieren tu valoración y juicio profesional.

Delegar decisiones profesionales (Art. 14): prohibido usar IA para decidir intervenciones, derivaciones o evaluaciones.

Sustituir el criterio profesional (Art. 6): ningún resultado de IA reemplaza tu criterio técnico; la responsabilidad ética, legal y profesional sigue siendo tuya al 100% (Art. 7).

La lectura correcta del conjunto: la IA puede ayudarte a pensar (organizar información, explorar hipótesis, estructurar redacción con fuentes, Art. 13), pero jamás a decidir.

¿Qué debo documentar a partir de ahora?

  • Consentimiento informado con cláusula de IA (Art. 12): si usas herramientas de IA en tu práctica, debes indicarlo expresamente en el consentimiento, con las prevenciones de protección de datos. Si la persona no está de acuerdo, debes abstenerte de usarlas en su caso.
  • Validación de todo lo generado (Art. 11): tienes la obligación de verificar rigurosamente cualquier información producida por IA antes de incorporarla a tu práctica.
  • Fuentes citadas (Arts. 9 y 13): el contenido apoyado en IA debe citar las fuentes originales; presentar producción de IA como propia constituye una falta.

¿Y qué pasa con mi expediente?

El lineamiento hermano establece que el expediente, físico o digital, debe custodiarse 10 años después de finalizada la relación profesional (Art. 6), con medidas mínimas de seguridad: expedientes digitales protegidos con contraseña, nube protegida, respaldo seguro y control de accesos (Art. 15). Si haces telepsicología, tu expediente debe ser totalmente digital y cumplir esos mecanismos (Art. 18). La pérdida o sustracción debe notificarse a la Fiscalía en 5 días hábiles mediante declaración jurada (Art. 20).

Checklist: revisa tu práctica esta semana

¿Tu consentimiento informado menciona expresamente el uso de IA? (Art. 12)

¿Anonimizas por completo todo caso antes de usar cualquier herramienta de IA? (Arts. 4-5)

¿Tu cuenta de IA es individual y nadie más accede a ella? (Art. 10)

¿Puedes demostrar que validaste los resultados de IA que usaste? (Art. 11)

¿Tus informes y diagnósticos son 100% de tu autoría y criterio? (Arts. 8, 13-14)

¿Tu expediente digital tiene contraseña, respaldo y control de accesos? (Art. 15, expedientes)

¿Conservas expedientes 10 años tras cerrar el proceso? (Art. 6, expedientes)

¿Tus herramientas tienen estándares serios de ciberseguridad? (Art. 3)

Si respondiste "no" a cualquiera, ahí está tu tarea de la semana.

¿Y las herramientas diseñadas para psicólogos?

Los lineamientos no prohíben la IA: exigen que se use bien. La diferencia práctica está en si tu herramienta te obliga a cumplir a punta de disciplina personal, o si el cumplimiento viene incorporado en su diseño: separación entre expediente e IA, resultados presentados como hipótesis para tu valoración, nunca como diagnósticos, documentos con las advertencias correspondientes, y seguridad de expediente alineada con los requisitos del Colegio. En Omnia diseñamos la plataforma en alineación con estos lineamientos desde su arquitectura; puedes conocer cómo en nuestra página de cumplimiento.

Este artículo es un análisis independiente elaborado por Omnia sobre documentos públicos del Colegio de Profesionales en Psicología de Costa Rica. Omnia no está afiliada al CPPCR ni cuenta con su aval. Consulta siempre los lineamientos oficiales en psicologiacr.com y, ante dudas específicas, a la Fiscalía del Colegio.

Patricio Espinoza

Sobre Patricio Espinoza

Psicoterapeuta integrativo fundador de Omnia